De acuerdo con la reforma al artículo 311 de la LFT, las disposiciones para realizar teletrabajo aplican solo para los trabajadores que desarrollen más del 40% de su jornada, en casa o en el lugar elegido para ello.
Sin embargo, se espera que este año predomine el esquema híbrido que no necesariamente se ajusta a lo requerido para regirse por la reforma del teletrabajo.
Conoce qué es el esquema laboral 3-2-2, por qué se espera que predomine este año y un recuento de los pormenores de la reforma de teletrabajo.
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Reforma que regula el teletrabajo en México
El 12 de enero de 2021 entró en vigor la reforma de teletrabajo, en la que se reconoce este esquema como el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al centro de trabajo y utilizando la tecnología para el contacto y cuyas principales características son:
- Deberá desarrollarse más del 40% del tiempo en el domicilio del colaborador o en lugar elegido por éste.
- No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica.
- Se deberá establecer las condiciones de trabajo por escrito mediante un contrato.
- El patrón tendrá obligaciones, como brindar las herramientas necesarias, pagar oportunamente, asumir el pago de ciertos servicios, respetar la desconexión e inscribirlos al régimen de seguridad social, entre otros.
- Los trabajadores deberán cuidar el material, apegarse a las disposiciones en materia de seguridad, atender los mecanismos para la supervisión de sus actividades y la política de protección de datos, entre otros.
- La posibilidad de establecer que no es conveniente y que pueda solicitarse el regreso a una modalidad presencial.
En resumen, esta reforma tiene como objetivos proteger a los trabajadores, que las obligaciones patronales no desaparezcan, evitar jornadas laborales extensas y asegurar las condiciones de seguridad y salud.
Esquema laboral 3-2-2
De acuerdo con Capital Humano, en 2022 se espera que más organizaciones apuesten por el trabajo híbrido, una combinación de actividades presenciales, con actividades realizadas a distancia.
La submodalidad predilecta apunta a ser el esquema de trabajo 3-2-2, es decir tres días de oficina, dos días de home office y dos de descanso, en el cual no se rebasa el 40% que marca la ley y por ende no obliga a las empresas a acatar dichas disposiciones.
La razón…conservar los beneficios del home office, pero sin tener que cumplir las disposiciones de la reforma y todas las obligaciones que ésta implica.
A un año de su promulgación, las condiciones sociales no han permitido conocer del todo cuál es el escenario de ésta, en un contexto libre de COVID, ya que se ha seguido recurriendo a él en momentos críticos de la pandemia, haciéndolo obligatorio más que intencional.
Habría que ver de qué forma, las empresas que así lo decidan, implementan la modalidad del teletrabajo una vez recuperada la movilidad social y laboral.
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